Ley de tráfico 2010 y los ciclistas


Ayer, durante la cena que tuvimos algunos componentes del equipo CajaDuero Avanzamos, comentamos el caso de un cicloturista de Cáceres (mi amigo Lorenzo) al que habían multado por ir en paralelo y dentro de la calzada (no en el arcén) en una carretera que apenas tiene arcén (puente de la vía del tren entre Arroyo de la Luz y Malpartida de Cáceres).

Entre las cosas que hablamos eran aspectos de la nueva ley de tráfico. He estado investigando por la red y en la web «El mejor seguro de coche» ponen, de forma muy clara, todos lo relacionado con el ciclismo, la bicicleta y la dicha ley. Entre esas cosas, hay que destacar que:

  • ¿Cómo deben circular en vías interurbanas?

Si no existe vía para ciclistas, hay que circular por el arcén si lo hay y si es transitable; si no lo es, utilizarán la parte imprescindible de la calzada para circular sin riesgo para sí mismos ni para otros usuarios de la vía. Es decir, circularán a la derecha para permitir adelantamientos, pero sin ceñirse tanto al borde que puedan ponerse en peligro.

  • ¿Pueden circular en paralelo?

Sí, si van en grupo pueden ir en columna de a dos, siempre que no haya un tráfico complicado o esté reducida la visibilidad.

  • ¿Cuándo es obligatorio usar casco?

Siempre es conveniente, pero sólo se considera obligatorio en vías interurbanas tanto para los ciclistas como para los pasajeros (niños menores de 7 años sentados en una silla homologada). Los ciclistas pueden no llevarlo en rampas ascendentes, por razones médicas acreditadas o en condiciones extremas de calor. Deben ser cascos homologados o certificados.

Puedes mirar todos los puntos en la web el mejor seguro de coche