Ayer, durante la cena que tuvimos algunos componentes del equipo CajaDuero Avanzamos, comentamos el caso de un cicloturista de Cáceres (mi amigo Lorenzo) al que habían multado por ir en paralelo y dentro de la calzada (no en el arcén) en una carretera que apenas tiene arcén (puente de la vía del tren entre Arroyo de la Luz y Malpartida de Cáceres).
Entre las cosas que hablamos eran aspectos de la nueva ley de tráfico. He estado investigando por la red y en la web «El mejor seguro de coche» ponen, de forma muy clara, todos lo relacionado con el ciclismo, la bicicleta y la dicha ley. Entre esas cosas, hay que destacar que:
- ¿Cómo deben circular en vías interurbanas?
Si no existe vía para ciclistas, hay que circular por el arcén si lo hay y si es transitable; si no lo es, utilizarán la parte imprescindible de la calzada para circular sin riesgo para sí mismos ni para otros usuarios de la vía. Es decir, circularán a la derecha para permitir adelantamientos, pero sin ceñirse tanto al borde que puedan ponerse en peligro.
- ¿Pueden circular en paralelo?
Sí, si van en grupo pueden ir en columna de a dos, siempre que no haya un tráfico complicado o esté reducida la visibilidad.
- ¿Cuándo es obligatorio usar casco?
Siempre es conveniente, pero sólo se considera obligatorio en vías interurbanas tanto para los ciclistas como para los pasajeros (niños menores de 7 años sentados en una silla homologada). Los ciclistas pueden no llevarlo en rampas ascendentes, por razones médicas acreditadas o en condiciones extremas de calor. Deben ser cascos homologados o certificados.
Puedes mirar todos los puntos en la web el mejor seguro de coche